El reciente anuncio resonó como un triunfo definitivo para la expansión portuaria: el Comité de ministros confirmó la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable para el proyecto Terminal Cerros de Valparaíso (TCVAL). En la testera, los titulares de Medio Ambiente (Francisca Toledo), Salud (May Chomalí), Economía y Minería (Daniel Mas) y Agricultura (Jaime Campos) validaron la iniciativa.
Ante las cámaras, la decisión se presentó como un hito de desarrollo. Sin embargo, si los ministros hubieran leído detenidamente las más de 350 páginas del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) y sus Adendas Excepcionales, se habrían percatado de que acababan de timbrar un documento que confiesa sus propias ilegalidades.
Como en un ejercicio de educación cívica y jurídica, a continuación, desglosamos los cuatro "puntos ciegos" que el Comité de ministros no notó al no leer la letra chica del expediente:
La confesión del "Vicio Esencial" (El ninguneo a los expertos)
El error más garrafal que el Comité pasó por alto es que el propio Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) admite por escrito haber excluido a los organismos técnicos del Estado. En el apartado de "Observaciones no consideradas", el SEA confiesa que ignoró los pronunciamientos del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), la Gobernación Marítima, la Subsecretaría de Pesca (SUBPESCA) y SERNATUR.
¿Por qué es grave? Porque la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente es tajante. Su Artículo 9º bis obliga a que el ICE contenga los pronunciamientos fundados de los organismos con competencia ambiental. Al aprobar un documento que excluye estas visiones bajo la excusa administrativa de que "no se vinculan con las materias reprochadas por el Tribunal", los ministros validaron lo que la propia ley define expresamente como un "vicio esencial del procedimiento". En el derecho administrativo, un vicio esencial es sinónimo de nulidad.
El negacionismo climático documentado (La Ley 21.455)
Al aprobar el proyecto, los ministros no se percataron de que estaban validando modelos científicos obsoletos, contraviniendo la recién promulgada Ley Marco de Cambio Climático (Ley 21.455).
La Gobernación Marítima y SUBPESCA advirtieron formalmente que los modelos de dispersión de sedimentos para el dragado se basan en datos oceanográficos de hace 10 años. SUBPESCA exigió actualizar esta variable oceanográfica advirtiendo que las condiciones actuales presentan un "significativo aumento de los eventos de marejadas". El SEA desestimó esta exigencia.
¿Qué ignoró el Comité? Que el Artículo 40 de la Ley 21.455 obliga a que los proyectos en el SEIA consideren la variable de cambio climático de forma transversal. Los ministros aprobaron un dragado masivo ignorando la urgencia climática y la ciencia actualizada, validando una evaluación con datos del año 2014.
La trampa temporal contra los Pescadores (La "Etapa Preliminar")
Si el Comité hubiera leído el análisis del "Medio Humano", habría notado una maniobra jurídica diseñada para eludir indemnizaciones reales. El ICE define la expulsión de los pescadores de la ex Caleta Sudamericana como un hecho ocurrido en una "Etapa Preliminar" (2009-2013), argumentando que su relocalización a caletas como Laguna Verde y El Manzano fue "autónoma" por un decreto, y no por las obras físicas de la expansión.
Al usar esta ficción del tiempo, el titular clasificó los gravísimos impactos sobre la vida de los pescadores (como la inadaptación técnica y la pérdida de infraestructura) como "No Significativos". ¿La consecuencia que los ministros firmaron? En lugar de exigir medidas de reparación proporcionales al daño de perder su fuente de trabajo histórico, aceptaron "Compromisos Ambientales Voluntarios" (CAV) menores, tales como hacer "mesas de diálogo", un programa de "mejoramiento de baños con enfoque de género" o comprar un camión pluma. Los ministros no vieron que el SEIA fue utilizado para lavar las manos del Estado frente al desplazamiento forzoso de un grupo humano vulnerable.
El Patrimonio degradado a "Atributo Visual"
Finalmente, el Comité ignoró el conflicto abierto con el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). El CMN exigió una "línea de base independiente y exhaustiva" para el Patrimonio Cultural, dado que la zona es un Sitio de Patrimonio Mundial de la UNESCO.
Sin embargo, él SEA y el titular mantuvieron una metodología precaria que trata el patrimonio cultural simplemente como un elemento del "paisaje" (es decir, evaluaron el patrimonio solo desde "cuánto tapan las grúas la vista"). Los ministros no se percataron de que estaban permitiendo que la destrucción y alteración de pecios arqueológicos submarinos (como los sitios TCVAL_11, 13 y 18) y la afectación a la Zona Típica fuesen tratados con un estándar inferior al exigido por el organismo experto del Estado.
Conclusión para la Ciudadanía
Esta columna educativa demuestra que la unanimidad política de una votación no borra los vicios de un expediente administrativo. El Comité de ministros celebró la luz verde de la RCA, pero no leyó que el documento que sostenían en sus manos está minado de confesiones de ilegalidad y desacatos a las leyes ambientales vigentes.
Aprobaron un proyecto con ciencia de hace una década, que ignora a los expertos patrimoniales y que evade la reparación social mediante tecnicismos de calendario. Al final del día, las autoridades han cerrado la puerta administrativa, pero han dejado el expediente perfectamente pavimentado para que los tribunales ambientales tengan la última y muy probablemente anulatoria palabra.
Jorge Bustos
Defendamos la Ciudad / Región Valparaíso
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