Las pretensiones de EPSA, y la complicidad municipal
Solapas principales

Al igual que en Valparaíso, en San Antonio también se firmó un acuerdo entre la empresa portuaria local (EPSA) y el municipio, con el objetivo de allanar el camino para planes expansionistas que no respetan los compromisos ambientales y entregan el territorio portuario al servicio de operadores privados. Todo ello sin que la comunidad reciba un pago justo, mientras unos pocos se enriquecen a costa del empobrecimiento de nuestras ciudades-puerto en la región.
Estos acuerdos, revestidos de promesas de mayor empleo, eficiencia y un crecimiento de carga que nada justifica menos aún la capacidad de consumo de los habitantes del litoral también apelan a la competencia con el puerto de Chancay, el nuevo "cuco", como excusa para justificar un endeudamiento de 150 millones de dólares avalado por el Estado para el enrocado de un puerto que aún no cuenta con aprobación ambiental. En el fondo, se repite el viejo libreto que ha precarizado nuestras comunas por 25 años, por orden del centralismo. Mientras tanto, las autoridades que deberían velar por el bienestar ciudadano parecen actuar más bien como empleados de los zares del mar y de los intereses de los señores portuarios.
La revisión del convenio “Agenda de Trabajo 2025” de San Antonio expone una realidad preocupante: mientras EPSA se presenta como un modelo de transparencia y gestión pública, los hechos indican lo contrario. La Ilustre Municipalidad de San Antonio, lejos de fiscalizar o representar los intereses de la comunidad, parece cómoda en un juego de opacidades. A las inconsistencias documentales y los posibles conflictos de interés se suma una estrategia deliberada para deslegitimar a quienes se atreven a denunciar.
La discrepancia entre la fecha de firma del convenio (24 de enero) y la emisión del decreto alcaldicio que lo aprueba (28 de enero), sin explicación clara, es el primer indicio de un procedimiento irregular. EPSA omite toda referencia al decreto en su respuesta a Contraloría Regional, mientras que el municipio se limita a mencionarlo sin justificar la diferencia de fechas ni la vigencia real del acuerdo.
Tampoco es casual la confusión generada en torno al carácter del convenio. EPSA lo presenta públicamente como una iniciativa voluntaria cuando, en realidad, gran parte de su contenido responde a compromisos asumidos en un avenimiento ante el Segundo Tribunal Ambiental. Esta omisión es deliberada: busca sostener un relato conveniente y evitar el escrutinio sobre las verdaderas razones que dieron origen al acuerdo.
Aún más grave es el posible conflicto de interés generado por el financiamiento de actividades municipales por parte de Puerto Panul, concesionaria de EPSA. La Municipalidad reconoce haber recibido, al menos, $10.000.000 para la actividad “Cuerdas del Corazón”, pero no entrega información sobre el proceso mediante el cual se aceptaron esos fondos ni sobre las garantías de imparcialidad en decisiones de fiscalizar que pudieran afectar a la empresa donante, como tampoco sobre la posible extensión de su concesión.
En lugar de responder a las críticas sobre las irregularidades del convenio, EPSA ha optado por una estrategia de desacreditación de los denunciantes, desviando la discusión hacia supuestas motivaciones políticas y restando presión pública al proceso. Esta táctica no solo busca evitar sanciones y modificaciones al convenio, sino también generar un efecto intimidatorio que desincentive futuras denuncias.
Desde un punto de vista legal, todos los habitantes de Chile tienen derecho a denunciar ante la Contraloría General de la República. Este derecho se fundamenta en la Constitución y en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (Ley N° 18.575). De acuerdo con el artículo 8 de la Constitución, la administración pública debe actuar con transparencia y probidad, y cualquier ciudadano puede exigir su cumplimiento. Asimismo, el artículo 10 de la Ley N° 10.336, que regula la Contraloría, establece que cualquier persona puede solicitar que este organismo revise actos administrativos que vulneren la legalidad, lo que queda claro con esta explicación, es que, el que redacto la contestación por parte de EPSA, debe cursar de nuevo los ramos de derecho administrativo.
Por lo tanto, cualquier intento de desacreditar o invalidar denuncias ciudadanas no solo va en contra del principio democrático y del control social sobre el uso de los recursos públicos. La fiscalización no es exclusiva de autoridades o expertos: es un derecho ciudadano esencial para garantizar una gestión pública honesta y eficiente.
La pasividad de la Municipalidad frente a esta estrategia refuerza su complicidad institucional. Un gobierno local que no defiende el derecho ciudadano a exigir transparencia se convierte, inevitablemente, en parte del problema.
Ahora, la Contraloría General de la República debe pronunciarse sobre la legalidad del convenio. Sin embargo, lo que está en juego va mucho más allá del ámbito administrativo. Este caso revela un patrón estructural: la resistencia de ciertos actores públicos y privados a la rendición de cuentas, así como su desprecio por la participación ciudadana y las leyes.
Si realmente queremos avanzar hacia una gestión pública más transparente, democrática y al servicio de las comunidades, estas estrategias deben ser expuestas con claridad y condenadas con firmeza por todos los habitantes de nuestra patria.
¡Defendamos la ciudad!
Jorge Bustos
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