Cuando un proyecto es ilegal, se cae. Pretender que el Estado lo indemnice no es política pública: es convertir al Fisco en garante de negocios mal hechos.
La idea de que el Estado indemnice a inversionistas cuyos proyectos pierden su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) no es un error técnico ni una diferencia de enfoque. Es algo más simple y más preocupante: es no entender cómo funciona el Estado de Derecho en Chile.
Y eso ya no es solo opinable. Es básico. Porque en Chile, aunque a algunos les incomode las reglas existen. No se improvisan, no se negocian en el camino, y no se acomodan al tamaño de la billetera del inversionista. Se llaman leyes, las hace el Congreso, y obligan a todos por igual.
Partamos por lo esencial: una RCA no es un cheque en blanco. La Ley N° 19.300 establece que es una autorización condicionada al cumplimiento de normas ambientales estrictas. No es propiedad, no es garantía de negocio, y menos un seguro estatal. Entonces, cuando un tribunal la anula, no es mala suerte ni persecución ideológica: es porque el proyecto estaba mal hecho o derechamente fuera de la ley.
Y aquí viene la parte curiosa: frente a eso, se propone que el Estado pague. O sea, si el proyecto no cumple la ley… pagamos todos. Eso no es libertad económica. Eso, en buen chileno, es querer jugar con reglas propias y que el resto financie la apuesta.
En cualquier país serio existe algo que se llama riesgo regulatorio. El que invierte sabe que hay normas, fiscalización y tribunales. Sabe que, si hace mal las cosas, pierde. Así funciona. Pero acá se pretende otra cosa: que, si el negocio sale mal por incumplir la ley, entonces el Estado responde.
Negocio redondo. Para algunos. Pero el problema no es solo económico, es jurídico.
La Constitución, en sus artículos 6 y 7, es clarita: el Estado solo puede hacer lo que la ley le permite. Y no hay ninguna ley que autorice a indemnizar a privados por proyectos ilegales. Ninguna.
El Decreto Ley N° 1.263 también es claro: no se puede gastar plata pública sin fundamento legal y sin interés general. Y aquí no hay ni lo uno ni lo otro.
Y además está la probidad. La Ley N° 18.575 obliga a que el interés público esté por sobre el privado. Entonces, usar recursos fiscales para salvar inversiones mal hechas no solo es cuestionable: es derechamente abrir la puerta a responsabilidades.
Pero hay algo todavía más evidente. La igualdad ante la ley, no la de Hermosilla.
Porque si el Estado empieza a indemnizar a grandes inversionistas por no cumplir normas ambientales, la pregunta cae sola: ¿y el resto qué? ¿El pequeño comerciante? ¿El trabajador que quiebra? ¿La familia que pierde todo? No. Para ellos no hay indemnización.
Ahí se acaba el discurso. Porque lo que queda es privilegio. Y en Chile ya sabemos cómo terminan esas historias. Basta mirar los escándalos donde el poder económico se mezcla con el judicial. El caso de Luis Hermosilla no es una anécdota: es una advertencia de lo que pasa cuando algunos creen que las reglas son negociables y que siempre hay una puerta trasera.
Por eso esta propuesta no es inocente. Tiene una lógica clara: un Estado que no regula para todos, sino que protege a ciertos intereses cuando las cosas salen mal.
Un Estado empresarial. Y ese es el punto de fondo: José Antonio no está proponiendo solo una mala política pública e ilegal. Está mostrando una forma de entender el poder, donde el Estado deja de estar al servicio de la ley y pasa a estar al servicio de los negocios.
Por eso convendría que alguien en su equipo le explique sin rodeos que en Chile las leyes no son sugerencias. No se acomodan, no se negocian, no se pagan cuando no convienen. Se cumplen.
Porque cuando eso se pierde, no es solo un proyecto el que cae. Es la República la que empieza a tambalear.
Jorge Bustos
Defendamos la Ciudad
Excelente documento....
Excelente documento....
Añadir nuevo comentario