Una instrucción para una inteligencia artificial viajó dentro de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, y su sola existencia obliga a preguntar quién fundamenta lo que los jueces firman. La Corte Suprema debe responderlo antes de que lo haga la desconfianza.
Excelentísima Corte Suprema:
El martes 6 de octubre, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por la ministra Jenny Book Reyes, el ministro suplente Christian Carvajal Silva y la abogada integrante Francisca Amigo Fernández, confirmó en una sola línea una resolución del Undécimo Juzgado Civil de Santiago. Esa línea no es lo llamativo. Lo llamativo es lo que viajó con ella: en el mismo archivo, bajo el mismo código de verificación en cada página, dos hojas de instrucciones dirigidas a un sistema de inteligencia artificial. Le piden asumir el rol de juez de Corte de Apelaciones, redactar la parte considerativa de una sentencia de amparo, en tercera persona y con un máximo de 750 palabras. Le entregan incluso un considerando ya escrito y una fórmula resolutiva con corchetes: "acoge/rechaza".
Reconocemos que el tribunal reaccionó: la presidenta de la sala pidió un informe al relator y se dictó una rectificación. También se ha dicho que la instrucción no formaba parte de la resolución. Puede ser. Pero estaba en el documento, y una rectificación corrige el papel, no la pregunta. Hay además un detalle que el papel no explica: las instrucciones hablan de un amparo, y la resolución firmada decide un asunto civil. Un texto pensado para una causa, circulando dentro de otra, se parece menos a un descuido que a una plantilla de uso corriente.
Es justo decir lo que no afirmamos. No afirmamos que una máquina haya resuelto este caso, porque los corchetes muestran que el sentido del fallo lo fija alguien antes. Lo que la máquina recibe es la tarea de fundar una decisión ya tomada, y fundar es la mitad de lo que se le exige a un juez. Cuando esa mitad se delega sin que nadie lo sepa, la firma electrónica deja de certificar un razonamiento y pasa a certificar un trámite.
Y hay algo más que agrava este abuso de la herramienta. El Estado chileno, a través de sus tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, sostiene a jueces y funcionarios con sueldos altos, indemnizaciones por años de servicio y jubilaciones de excepción. A cambio de ese trato, la ciudadanía espera que el trabajo de fundamentar una sentencia, que es el corazón del oficio, lo haga quien lo firma. Que ese trabajo se delegue en una máquina, sin decirlo, no es innovación: es usar los recursos del Estado para dejar de hacer precisamente lo que se paga tan bien para que se haga.
No decimos que el Poder Judicial esté corrupto; eso no nos corresponde afirmarlo sin pruebas. Pero sí podemos poner hechos verificables sobre la mesa. En 2015, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal absolvió a los diez ejecutivos acusados por la colusión de las farmacias, aunque las cadenas fueron condenadas en sede civil a indemnizar a los consumidores. En enero de 2020, esta misma Corte Suprema confirmó multas millonarias contra CMPC y SCA por la colusión del papel confort, sostenida durante más de una década. Agrosuper, Ariztía y Don Pollo fueron condenadas por colusión en el mercado del pollo, con multas también confirmadas por esta Corte. En ninguno de los tres casos una sola persona natural pisó la cárcel. En 2008, el carabinero Walter Ramírez disparó por la espalda y mató al estudiante Matías Catrileo; fue condenado por homicidio a tres años y un día con pena remitida, es decir, sin un solo día de cárcel, condena que esta Corte Suprema confirmó en 2011. En 2019, el entonces ministro Mario Carroza fijó para Mauricio Hernández Norambuena dos penas de 15 años y rechazó abonar el tiempo de detención por la extradición, pese a que la defensa había invocado el artículo 17 del Acuerdo de Extradición del Mercosur, Bolivia y Chile, que dispone computarlo; en enero de este año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Brasil por el aislamiento prolongado al que lo sometió durante ese encierro. En 2013, Martín Larraín, hijo del exsenador Carlos Larraín, atropelló y causó la muerte de Hernán Canales; fue absuelto en dos juicios sucesivos, en un proceso donde se conoció además un pago a la familia de la víctima que la prensa de investigación cuestionó. Y este año, el tribunal que juzgó al exoficial de Carabineros Claudio Crespo acreditó que fue él quien disparó los perdigones que dejaron ciego, en 2019, a quien hoy es el diputado Gustavo Gatica, y aun así lo absolvió; esta Corte confirmó esa absolución en agosto pasado. Siete casos y, en todos, una distancia difícil de explicar entre el daño acreditado y la consecuencia aplicada. Cuando estos hechos conviven con un prompt que delega el razonamiento judicial, la pregunta que surge no es técnica, sino de fondo: ¿para quién funciona la justicia que tan caro le cuesta sostener a la ciudadanía?
Por eso solicitamos formalmente a la Excelentísima Corte, en ejercicio de sus facultades de superintendencia: Primero, investigar cómo llegaron las instrucciones de inteligencia artificial al documento del 6 de octubre, determinando quién las introdujo, quién generó el texto, quién lo revisó y quién asumió su contenido. Segundo, informar si existen protocolos obligatorios para el uso de inteligencia artificial en la redacción de resoluciones y, de existir, si fueron respetados. Tercero, determinar si estas instrucciones corresponden a una plantilla de uso general y revisar otras resoluciones en que se hayan utilizado, para saber si estamos ante un descuido aislado o una práctica extendida. Cuarto, explicar públicamente qué mecanismos garantizan que cada sentencia sea analizada, deliberada y asumida por quienes la suscriben, y si los litigantes serán informados cuando se utilicen estas herramientas.
No pedimos una justicia infalible. Pedimos algo mucho más elemental: una justicia capaz de demostrar que sus decisiones pertenecen a quienes las firman. La confianza pública no se exige. Se construye. Y cuando aparecen hechos que razonablemente la ponen en duda, la respuesta de las instituciones no puede ser el silencio, sino la transparencia y la rendición de cuentas.
La ciudadanía tiene derecho a saber quién decide cuando un tribunal decide.
Atentamente,
Jorge Bustos
Valparaíso, 7 de octubre de 2026
Impresentable por donde se…
Impresentable por donde se le mire.
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